Cancelación de Retención de Fideicomiso.

Descripción
Es una Autorización elaborada por la Dirección de Servicios del Tesoro, requerida por el beneficiario para la cancelación de la retención laboral a través del banco, como entidad autorizada para cancelar el Fideicomiso.

Documentos Requeridos

  • Carta de solicitud de cancelación de retención.
  • Expediente emitido por la Unidad de Origen. 

Costo

  • Ninguno

 ¿Quién debe realizar el trámite?
El Beneficiario es el responsable de solicitar la tramitación ante la Unidad de Origen para la Cancelación de sus retenciones.

 Requisitos
Que la Obra o Proyecto haya culminado físicamente

Lugar donde se ejecuta el Trámite

  • Dirección de Servicios de Administración del Tesoro - Coordinación de Fideicomiso Sede: Secretaría de Hacienda y Finanzas
  • Horario: Lunes a Viernes de 8:00 am a 12:00 p.m y 1:00 p.m a 5:00 p.m

 Observaciones
La cancelación se efectúa de acuerdo a la normativa establecida por el banco.
Para ejecutar la cancelación de las retenciones laborales, es necesario que la Unidad de Origen elabore una solicitud de retenciones una vez que el contratista entregue la constancia de solvencia laboral y recibo de retenciones.

Cancelación de Orden de Pago con Fideicomiso

 Descripción
Cancelación de la Orden de Pago a través de una Institución Bancaria, previa apertura del Fideicomiso respectivo.

Documentos Requeridos
PERSONA NATURAL O JURÍDICA: Si es el representante Legal traer Original de la Cédula de Identidad, de lo contrario debe tener la autorización firmada por el representante legal y copia del registro mercantil.

Costo
Las órdenes de Pago emitidas por ejecución de obras y servicios préstados a partir de 150 U.T. pagarán el 1x1000 del monto de la Orden de Pago., (Art. 20, Ley de Timbre Fiscal del Edo. Carabobo) monto que será descontado de la Orden de Pago.

¿Quién debe realizar el trámite?
El Beneficiario.

¿A quién va dirigido?
A todos aquellos beneficiarios que ejecutan proyectos al Estado, que sean cancelados con recursos cofinanciados.

Requisitos
Debe existir el Contrato de Fideicomiso, el cual se otorga a proyectos financiados por organismos de Cofinanciamiento, como es el caso del Fondo Intergubernamental para la Descentralización (FIDES) y la Ley de Asignaciones Económicas Especiales (LAEE).

Lugar donde se ejecuta el Trámite
Dirección de Servicios de Administración del Tesoro - Coordinación de Fideicomiso
Sede: Secretaría de Hacienda y Finanzas
Horario: Lunes a Viernes de 8:00 am a 12:00 p.m y 1:00 p.m a 5:00 p.m

Base Legal
Convenio de Cofinanciamiento Macro, establecido por el Fondo Intergubernamental para la Descentralización FIDES, establecido en la Ley que crea el Fondo Intergubernamental para la Descentralización. Gaceta Oficial Nro 37066, de fecha treinta (30) de octubre de 2000 y modificada en la Gaceta Oficial Nro 5805 del 22 de marzo del 2006.
Ley de Asignaciones Económicas Especiales para los Estados (LAEE), derivadas de Minas e Hidrocarburos. Gaceta Oficial Nro 37086, de fecha veintisiete (27) de noviembre de 2000 y modificada en Gaceta Oficial Nro 5824 del 13 de octubre del 2006.

Observaciones
La cancelación se efectúa de acuerdo a la normativa establecida por el banco.
El Fideicomiso tiene vigencia de acuerdo al tiempo establecido por la Unidad de Origen para la ejecución del proyecto.
La Unidad de Origen envía a la Secretaría de Hacienda la Orden de Pago que cancela al beneficiario, a medida se ejecuta la obra y tramita la valuación.

Ingresos y Tributos

 Tributos Estadales:

 De conformidad con el Artículo 164 numerales 4, 5 y 7 de la CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, es de la competencia exclusiva de los Estados:

  • La organización, recaudación, control y administración de los ramos tributarios propios, según las disposiciones de las leyes nacionales y estadales.

  • El régimen y aprovechamiento de minerales no metálicos, no reservados al Poder Nacional, las salinas y ostrales y la administración de las tierras baldías en su jurisdicción, de conformidad con la ley.

  • La creación, organización, recaudación, control y administración de los ramos de papel sellado, timbres y estampillas.

  • Es por ello que el Estado Bolivariano de Carabobo asume las competencias delegadas por el constituyente en los  ramos tributarios que señala la Ley de Timbre Fiscal del Estado Carabobo:

     

Especies Fiscales:  U.T. 500 Bs. (Año 2018)

 

   Cuentas Recaudadoras:

 

Contribuyentes Ordinarios

 

PARA EL PAGO DE AQUELLOS TRIBUTOS DISTINTOS A LOS CANCELADOS CON TIMBRE FISCAL MOVIL QUE DEBAN HACERSE A TRAVES DE LAS FORMAS "01" y "02“

 

FAVOR DEPOSITAR EN LOS NUMEROS DE LAS CUENTAS CORRIENTE DE LAS SIGUIENTES ENTIDADES

 

BANCO

CUENTA CORRIENTE

B.O.D.

0116-0001-81-0006137148

BANESCO

0134-0467-47-4671085847

  

 


 

 

 

Seguros y Pólizas

Seguros y Pólizas

Retiro de Cheques

Proceso mediante el cual las personas Naturales o Jurídicas que tienen relación con el Estado, retiran sus cheques de Caja.

Documentos Requeridos:

  • PERSONA NATURAL Original de la Cedula de Identidad.
  • PERSONA JURIDICA e inscritas en el RNC: si es el Representante legal debe traer Original de la Cédula de Identidad, en caso contrario, Autorización de Retiro de cheque, firmada por el representante legal y con sello de la empresa, Copia legible C. I. del Representante Legal, Original y copia legible de la C. I. Del autorizado, Presentar sello de la empresa.
  • PERSONA JURIDICA NO INSCRITA EN EL REGISTRO DE CONTRATISTAS: debe traer los mismos requisitos de las Personas Jurídicas adicionalmente el Original o copia del Registro Mercantil de la empresa, Presentar sello de la empresa y la planilla de depósito del Banco en los casos requeridos.
  • El formato de Autorización debe tener firma y sello del representante legal de la empresa y debe ser en papel membretado por la empresa.
  • El formato de Autorización como la C.I. Permanecerán en custodia de la Secretaría de Hacienda anexas a la Orden de Pago.

Lugar donde se ejecuta el trámite:

    • Dirección General de Servicios del Tesoro (Caja)
    • Sede: Secretaría de Hacienda y Finanzas

Horarios de Atención

  • Personas Naturales Martes y Jueves, de 8:00 a 11:30 Mañana, 1:00 a 4:30 Tarde.
  • Personas Jurídicas: Lunes, Miércoles, y Viernes de 8:00 a 11:30 Mañana 1:00 a 4:30 Tarde

Formulario de acceso

@CaraboboGB

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